Home Legislativo Desafíos para el cumplimiento de la Ley General a favor de las mujeres

Desafíos para el cumplimiento de la Ley General a favor de las mujeres

by adminj85jshgn 29 septiembre, 2016 0 comment

Ley General a favor de las mujeres.

El 1 de febrero de 2007, es decir, casi 9 años atrás, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Pablo Navarrete Gutiérrez manifiesta que se trata de un instrumento vital pues, además de colocar el tema de violencia contra las mujeres en el ámbito público, significa la consagración de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado mexicano, tanto en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también conocida como Convención de Belem do Pará.

No obstante su importancia, esta normatividad aún no incide plenamente en la realidad de las mujeres que habitan el país. Lo mismo ocurre con los 5 mil 456 millones de pesos que para el tema de violencia  de  género habría destinado el gobierno federal en lo que fueron estos últimos 6 años de gestión.

Dilcya Samantha García Espinoza de los Monteros, titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), agrupa en tres grandes rubros los retos para la aplicación de la Ley General: cultural, jurídico y político.

Respecto del segundo, comenta que aunque esta ley sienta las bases para una vida libre de violencia, “aún no se ejerce un sistema de justicia con perspectiva de género”. La comisionada de la Conavim apunta que el actual sistema “de corte inquisitorial” genera que las mujeres que son violentadas humilladas, en el ámbito privado o público y que deciden acudir a las instancias encargadas de salvaguardar sus derechos, tengan que enfrentar también la violencia institucional.

Para Navarrete Gutiérrez, el principal desafío es la revisión y homologación de la legislación nacional en la materia. Y es que, a la fecha, existe una “disparidad normativa, incluso contradictoria”.

El funcionario del Inmujeres refiere, por ejemplo, que durante el proceso de armonización legislativa a nivel local, los gobiernos de algunas entidades sólo hicieron “copy paste de la Ley General. De tal suerte que tuvimos copias muy defectuosas, que son inaplicables”.

La armonización legislativa pasa también por desaparecer el atenuante de homicidio “en razón de honor” o en “estado de emoción violenta” y por incorporar el tipo penal del feminicidio en los 13 códigos penales que aún no cuentan con esta especificidad jurídica. Es necesario, además, garantizar la correcta y oportuna aplicación de este tipo penal, pues “hoy los asuntos de violencia extrema contra las mujeres no están siendo procesados bajo la figura de feminicidio”.

Otros retos enumerados por Pablo Navarrete son: revisar la limitación que existe en la legislación mexicana para que las mujeres puedan contraer nupcias durante los 365 días posteriores a un divorcio; modificar “esos espantosos programas de estudio”, sobre todo de las escuelas de derecho, para que los abogados y abogadas “estén a favor de la justicia de las mujeres y no ser mercenarios del derecho”; y contar con las presencia de las organizaciones de la sociedad civil, no para que suplan la responsabilidad del Estado, sino para generar un canal de comunicación abierto y democrático.

Finalmente, llama a corregir el mecanismo jurídico de las órdenes de protección contempladas en el Capítulo VI de la Ley General: “actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares”. “No es posible que le pongamos a la autoridad hasta 24 horas para dictarlas. En 2 horas, en minutos, pueden asesinar a una mujer y no podemos dar un espacio tan holgado para que se den las órdenes de protección de emergencia”, sentencia el funcionario.

En los últimos años de vigencia de la Ley General se han emitido poco más de 41 mil 296 órdenes de protección a nivel nacional. Para el coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres, “el número es ínfimo frente al fenómeno de la violencia de género contra las mujeres”.

Hilda Téllez Lino, del Conapred, destaca que la situación de violencia de género contra las mujeres y el no reconocimiento de sus derechos es también un tema de discriminación y exclusión basado en prejuicios, mitos y normas legales. Por eso dice que desde el Estado deben abolirse “todas aquellas costumbres y justificaciones que favorezcan la subordinación de las mujeres a partir de los roles y estereotipos atribuidos socialmente”.

Plantea, por otro lado, el fortalecimiento y armonización de las leyes a nivel nacional, pues a pesar de que las 32 entidades federativas cuentan con una Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sólo 26 tienen una ley de igualdad entre hombres y mujeres y, peor aún, sólo nueve tienen una ley antidiscriminatoria.

Aplicar oportunamente los protocolos, que exista una coordinación eficiente entre actores y los tres órdenes de gobierno, y aumentar la presencia de las mujeres en la vida pública y privada de los municipios del país, se cuentan también entre los desafíos.

http://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/index.php/2013/01/15/de-papel-derechos-de-las-mujeres-mexicanas/

Leave a Comment

0
0