Una mujer encaró a un hombre que le realizó tocamientos cuando caminaba sobre Canal de Churubusco, a la altura de Canal de Tezontle, y decidió grabarlo. «Se me acercó por atrás y me apretó el trasero», aseguró la chica, quien decidió seguirlo con su celular y difundir el video en redes sociales.
Los hechos ocurrieron durante la tarde del miércoles 6 de noviembre de 2024, cuando ambas personas se encontraban en la vía pública. En las imágenes se escucha a la mujer, quien no ha sido identificada, reclamando a un hombre, que viste una playera, pantalón y zapatos blancos.
«¿Qué no me hiciste nada? ¡Ni los hu… tienes!», le dice la mujer al sujeto, quien sigue caminando, pero al ver que la mujer no desiste de seguirlo, intenta darse la vuelta y caminar en otro sentido, pero en un momento buscó arrebatarle el celular. La chica que denunció el supuesto acoso sexual subió su contenido a redes sociales, mismo que fue retomado por la cuenta «Iztacalco Noticias» en X, que difunde información de hechos que ocurren en esa alcaldía.
«Si lo reconoce, denúncielo»
En dicha cuenta, pidieron denunciar al supuesto abusador.
Tras dicha difusión, personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) acudió al lugar a dar seguimiento y apoyo a la mujer afectada, pero no encontró a alguna persona. «Buenas noches Iztacalco News, en atención y seguimiento a su reporte, acudió unidad de policía MX-739-N2 sin encontrar a nadie que solicitara el apoyo, es importante que la parte afectada acuda al MP de la FiscaliaCDMX a formalizar denuncia a fin de no dejar impune estos actos», señaló la dependencia.
Sin embargo, la publicación generó varias reacciones de los seguidores de la cuenta que lo difundió. «Ojo con la Escuela de enfermería CETIS 76 de La Viga», «escuela de enfermería ahí estudia», pero también hubo quien puso en duda la historia de la mujer, «yo no le creo», «que muestre pruebas».
¿Qué es el abuso sexual y cómo se castiga?
De acuerdo con el artículo 259 del Código Penal Federal, «comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula. Para efectos de este artículo, se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos».
A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de multa.
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