Home Abuso y Acoso Claudia llegó a la cárcel sin leer ni escribir, y por un falso delito (aborto) pagó 20 años en Hidalgo

Claudia llegó a la cárcel sin leer ni escribir, y por un falso delito (aborto) pagó 20 años en Hidalgo

by adminj85jshgn 29 abril, 2019 0 comment

Claudia fue condenada a 26 años y 3 meses de prisión debido a un embarazo que no llegó a buen término. La falta de servicios de salud en su comunidad y su alta condición de vulnerabilidad no le permitieron tener un embarazo vigilado que previniera el parto fortuito. Sin ninguna posibilidad de demostrar su inocencia, la mujer fue juzgada por homicidio en razón de parentesco, una pena con la que el estado de Hidalgo criminaliza el aborto voluntario e involuntario.

Claudia tenía 31 años cuando fue juzgada por homicidio en razón de parentesco. Pocos días antes de su detención permaneció interna en el hospital por un fuerte sangrado vaginal y un parto fortuito. Su tercer embarazo tuvo complicaciones que ella no pudo identificar porque en su comunidad no había servicios médicos que le dieran seguimiento a su estado.

El 9 de febrero de 1999, Claudia comenzó a sentir los dolores que indicaban el inicio de su labor de parto. Fue asistida por una partera local; sin embargo, en medio de las maniobras sufrió un desmayo que la hizo perder la conciencia. Cuando despertó se encontraba en un hospital de Pachuca, Hidalgo, y era custodiada por dos policías.

Sin estar recuperada fue trasladada al Ministerio Público en donde fue retenida ilegalmente y obligada a firmar una declaración que no entendía. Claudia no sabía leer ni escribir. Sin ninguna explicación sobre el veredicto y después de un año de proceso fue sentenciada a 26 años y 3 meses de prisión por el delito de homicidio agravado “en agravio de una recién nacida”.

El pasado 3 de abril, Claudia fue liberada luego de cumplir 20 años en prisión. La noticia conmocionó a la mujer quien no cuenta con ninguna de clase de apoyo postpenitenciario por parte del Estado mexicano, por lo que ahora deberá reconstruir su vida enfrentando toda clase de estigmas y prejuicios asociados a las mujeres que estuvieron en situación de reclusión.

Al ser privada de su libertad, Claudia ya era madre de dos niñas, la más pequeña de dos años de edad y la mayor de cinco años. Fueron pocas las oportunidades en la que Claudia pudo convivir con ellas, ambas se quedaron al cuidado de sus abuelos.

Entró al internamiento siendo madre soltera en condiciones de alta vulnerabilidad y pobreza. En contra de su voluntad fue una madre ausente y ahora también abuela. Su vida y las experiencias con su familia fueron truncadas por la presunción de un supuesto delito fincado por las autoridades hidalguenses, lo que violó su derecho a la salud, a la garantía de procesos y atención jurídica.

En México es imposible saber cuántas mujeres víctimas de la falta de servicios médicos y de otros tipos de violencias, como la obstétrica, son juzgadas por delitos como el homicidio y el infanticidio. De acuerdo con el Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE), la mitad de las autoridades locales reportan una falta de sistematización de los casos de homicidio en razón de parentesco por edad de la víctima, lo que hace imposible estimar si se trata de casos de aborto o partos fortuitos.

En opinión de José Luis Gutiérrez Román, director general de Así Legal y defensor del caso de Claudia, casos como éste recuerdan que las mujeres continúan siendo criminalizadas por el ejercicio de sus derechos reproductivos y juzgadas por autoridades sin perspectiva de género:

“El caso de Claudia representa la realidad de las mujeres que viven criminalizadas por el ejercicio pleno de sus derechos reproductivos. El contexto muy claro aquí y específicamente en el caso de Claudia, que va más allá del de abortar, es que los partos fortuitos continúan siendo in visibilizados. Lo cierto es que en algunas entidades para no discutir si es aborto o no prefieren sentenciar a las mujeres por homicidio. Se van a las penas más seguras y más duras, llenos de patrones moralistas.

“La ausencia de una perspectiva de género al momento de juzgar está permitiendo sentencias que muchas veces son alentadas por grupos conservadores, por los propios juzgadores que no entienden la naturaleza de los problemas que enfrentan las mujeres al estar embarazadas”.

VÍCTIMA DE VIOLENCIA OBSTÉTRICA

La denuncia por la que fue consignada Claudia fue presentada por el médico que atendió su caso. Alegando que el producto, que nació prácticamente muerto, había sido lastimado. Él mismo presentó los cargos sin darle oportunidad a la mujer de defenderse.

Sus representantes legales actuales recordaron que al despertar del desmayo, producido en medio del parto, ya se encontraba esposada a la cama. Sin acceso a la atención por puerperio (recuperación completa del aparato reproductor después del parto que puede durar de cinco a seis semanas) fue consignada a las autoridades.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) antecede el derecho de las mujeres a la salud durante el embarazo (incluso cuando se trata de aborto por decisión de la mujer) y condena la falta de condiciones médicas mínimas para la atención peri natal, es decir, la negación de los servicios de salud dirigidos a Claudia constituyó una violación de sus derechos humanos.

La joven madre tuvo que enfrentar un proceso judicial sin tener oportunidad de asumir la pérdida del embarazo fallido y sin poder recuperar la condición física mínima. Fue víctima de violencia obstétrica, sin siquiera saberlo.

La violencia obstétrica definida como “cualquier acción u omisión por parte del personal de salud que cause un daño, físico o psicológico a la mujer durante el embarazo, parto o pos parto” es una práctica recurrente a la que están sujetas las mexicanas. Los datos del GIRE revelan que del 2012 a octubre del 2017 se registraron 867 quejas por esta agresión ante los órganos internos de instituciones de salud locales. De igual forma, de diciembre de 2012 a septiembre de 2017 se ingresaron ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos un total de 567 quejas relacionadas con este motivo.

La misma CNDH reconoce que el ejercicio médico que recae en este tipo de violencia son muestra de la “lucha por la posesión del conocimiento legitimado” y el ejercicio de “prácticas patriarcales y autoritarias sobre las decisiones y el cuerpo de la mujer”.

LA FALTA DE UNA DEFENSA ADECUADA

La violación a los derechos humanos fue una constante durante los 20 años que tuvo que permanecer en la cárcel. José Luis Gutiérrez, su representante legal, en lista diferentes ausencias: la falta de garantía de una defensa técnica, la violación al debido proceso, la negación del derecho a la remisión parcial de la pena, la libertad anticipada durante la ejecución penal y la violación al derecho a la re inserción social.

“De entrada se vulneró su derecho a una defensa adecuada, se vulneró su derecho a la presunción de inocencia derivado de una emergencia obstétrica. Se le trató como una criminal y no como una criminal cualquiera, sino como una asesina que agravió al producto de su concepción. Un agravante por la que padeció una pena muy severa. Aunado a que no tuvo una defensa adecuada, ella no sabía leer ni escribir, por lo que no supo de que se le estaba acusando. Ella no había hecho nada para se produjera la emergencia de la que fue acusada”, dijo.

Cuando fue remitida a las autoridades se le asignó un abogado de oficio, que en opinión de Así Legal, jamás le ofreció el apoyo necesario para su atención. Durante el proceso tuvo oportunidad de apelar y ampararse como cualquier otro ciudadano que enfrenta una acción judicial, sin embargo, su defensa nunca estuvo dispuesta a intentarlo.

Los representantes legales que lograron su liberación anticipada consideran que la forma en la que está dispuesta el marco legal entorpeció el acceso a la justicia. Ni sus asesores ni los jueces encargados de la sentencia tenían perspectiva de género. Claudia fue “condenada por un delito que ni siquiera existe. El tema del parto fortuito y la violencia obstétrica no ameritaba sanciones judiciales”. Además, en el proceso no se consideró que ella provenía de una zona de pobreza en la que nunca tuvo acceso a un ginecólogo.

EL REGRESO A LA LIBERTAD

Para sobrevivir dentro del centro penitenciario, Claudia se encargó de una pequeña tienda de abarrotes. Los ingresos generados los enviaba a sus familiares para poder solventar algunos de sus gasto, además tuvo oportunidad de aprender a leer y de cursar su secundaria. Sin embargo, durante este periodo se le negó el acceso a capacitación y deporte, así como de otros elementos necesarios para su inserción social.

El contexto de Claudia es muy distinto al de 20 años atrás. Sus hijas formaron nuevas familias en otras comunidades y a pesar de haberla acompañado en el proceso final de liberación, sus contextos de vulnerabilidad no permiten que estén al pendiente de sus nuevas necesidades.

“El día de su liberación fue de mucha alegría por la libertad de Claudia, pero también fue un día muy triste porque nos encontramos en una entidad donde los servicios post penales no existen. La re inserción será muy difícil para una mujer que sale prácticamente en shock, que tenía 20 años de no atravesar una calle y de no tener contacto con el mundo exterior, de no tener capacitación, de no saber qué va a hacer con su vida, de no tener instituciones fuertes que la acompañen durante su inserción; lo que también vulnera su derecho al libre desarrollo de la personalidad. Todo ello viola su derecho a la re inserción social, que también debería tener una perspectiva de género”, añadió Gutiérrez.

Según la estadística sobre el sistema penitenciario estatal en México del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) del año 2016, en el país se registra un total de 188 mil 262 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios, el 95 por ciento de los presos son hombres y el 5 restante, mujeres. El 90 por ciento de la población interna solo sabe leer y escribir. El 39. 1 por ciento de los que tienen un grado académico estudiaron hasta la secundaria y un 10.8 nunca fue a la escuela.

El marco legal mexicano establece la creación de programas de asesoría periódica, bolsa de trabajo, tratamiento de adicciones y albergues para la población egresada, sin embargo, el INEGI tiene el registro de solo 15 entidades que reportaron atender a esta medida, entre ellos, no se encuentra Hidalgo.

Para su asesor legal, el caso de Claudia evidencia la falta de garantías que enfrentan quienes salen de la cárcel y a su vez, la necesidad de prestar atención a las sentencias de homicidio e infanticidio dirigidas hacia las mujeres, ya que estos dos rubros pueden ser indicadores preocupantes de la criminalización por aborto voluntario e involuntario.

https://www.sinembargo.mx/24-04-2019/3561844

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