La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) deberá declarar la AVGM para la Ciudad de México en un plazo no mayor a 10 días naturales.
Así lo determinó el Poder Judicial de la Federación –el viernes 13– al resolver el juicio de amparo 968/2019-I, interpuesto el 28 de junio pasado por las organizaciones peticionarias de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), luego de la resolución emitida por la Conavim el 7 de junio, en la que determinó que no era procedente declarar la AVGM en la capital mexicana.
En la resolución emitida por José Enrique de Jesús Rodríguez Martínez, secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el Poder Judicial reconoce que la Conavim “pasó por alto la naturaleza de emergencia de la AVGM”, además de que existió “una indebida fundamentación y motivación de la resolución” en la que se determinó no declararla procedente.
Aunado a ello, apuntó, el contexto de violencia feminicida en la Ciudad de México prevalece.
De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Juzgado refiere que de enero a julio de 2019 se han denunciado 26 delitos de feminicidio y 99 casos de homicidio doloso contra mujeres, además de 65 mil 679 presuntas víctimas mujeres por otros delitos, entre los que se encuentran trata de personas, homicidio doloso, feminicidio, tráfico de mujeres y lesiones dolosas.
Asimismo, de enero a julio de 2019 hubo un total de 2 mil 700 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra la mujer, y de 2017 a la fecha –año en que se solicitó la AVGM– 77 mujeres fueron víctimas de feminicidio: 37 en 2017 y 40 en 2018. Hubo también otros delitos como violencia sexual, trata de personas y desaparición, por lo que “de lo anterior se advierte que en la Ciudad de México existe un contexto de violencia feminicida”.
Cuatro de siete integrantes del propio Grupo de Trabajo se manifestaron a favor de la declaración de la AVGM en la capital del país, por lo que, conforme al artículo 24 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Conavim debió emitir la declaratoria de AVGM en la Ciudad de México.
En su resolución, el juez determinó que la Conavim no se basó en el dictamen sino en las “acciones relevantes” que, según su consideración, implementó el nuevo gobierno de la Ciudad de México, y no realizó una interpretación conforme a los parámetros de regularidad constitucional, no aplicó el principio pro persona ni tampoco realizó un riguroso control de convencionalidad para garantizar los derechos de las mujeres.
Asimismo, el organismo omitió actuar con la debida diligencia reforzada para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres, y cumplir con la obligación que tienen todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, de proteger y garantizar el derecho humano de las mujeres que habitan en la Ciudad de México, a una vida libre de violencia, de conformidad con los artículos 1° y 4° de la Constitución.
Puntualizó que la resolución de la Conavim “contraviene los instrumentos internacionales y obligaciones constitucionales para garantizar los derechos humanos de las mujeres, en específico el derecho a una vida libre de violencia, como las recomendaciones que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) hizo a México en 2018, en el sentido de que debía “adoptar las medidas de carácter urgente para prevenir las muertes violentas, los asesinatos y las desapariciones forzadas de mujeres, así como garantizar una utilización amplia y armonizada del mecanismo de AVGM y la coordinación en los planos federal, estatal y municipal”.
Las organizaciones peticionarias de la AVGM –Justicia Pro Persona, y el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria” O.P., A.C., con el acompañamiento del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT)– reconocieron que en la resolución del Poder Judicial se incorporan los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de los derechos de las mujeres.
En ese sentido, subrayaron, es ineludible que la Conavim cumpla con las demandas de la resolución, entre ellas, que declare la AVGM para la Ciudad de México, a más tardar el próximo lunes 30, y que las acciones que se implementen tomen en cuenta el deber de actuar con la mayor y más estricta diligencia para proteger y asegurar el ejercicio y goce de los derechos de las niñas y adolescentes, toda vez que son particularmente vulnerables a la violencia. “El cumplimiento cabal e inmediato de la resolución judicial reivindica la exigencia de las víctimas que con su voz han clamado justicia, así como la labor de las organizaciones de la sociedad civil que desde hace dos años han solicitado la Alerta para poner fin a la violencia contra las mujeres en la Ciudad de México, por lo que es impostergable que a la brevedad la Conavim realice la declaratoria, recalcaron las organizaciones”, recalcaron.